Modifican los objetivos de calidad acústica (26/07/2012)

 

Imagen: Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte

 

En el Boletín Oficial del Estado del día de hoy se publica el Real Decreto 1.038/2012, de 6 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1.367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.

Esta modificación está basada en una Sentencia del Tribunal Supremo, que ha estimado parcialmente un recurso contra el Real Decreto de 2007, referida a la expresión “Sin determinar” que figura en relación con el “Tipo de Área Acústica f)” dedicada a los “Sectores del territorio afectados a sistemas generales de infraestructuras de transporte, u otros equipamientos públicos que los reclamen” (tabla A, que establece “Los objetivos de calidad acústica para ruido aplicables a las áreas urbanizadas existentes”, del Anexo II).

La sentencia falla que debe solventarse la situación de indeterminación a la que conduce la técnica reglamentaria utilizada para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 8 y 18.2 de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre.

Se modifica así la tabla A del Anexo II del Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, estableciendo que en los sectores del territorio afectados a sistemas generales de infraestructuras de transporte, u otros equipamientos públicos que lo reclamen, no podrán superarse, en sus límites, los objetivos de calidad acústica para ruido aplicables al resto de áreas acústicas que colinden con ellos.